Grava la realización de actividades relacionadas con los juegos, tales como loterías, bingos y rifas, así como la obtención de premios en juegos de azar. El sujeto pasivo del impuesto es la empresa o institución que realiza las actividades gravadas, así como quienes obtienen los premios. En caso que el impuesto recaiga sobre los premios, las empresas o personas organizadoras actuarán como agentes retenedores.
Para los juegos bingo, rifas, sorteos y similares la recaudación, administración y fiscalización del impuesto es de competencia de la Municipalidad Distrital en cuya jurisdicción se realice la actividad gravada o se instale los juegos. Para Loterías la competencia es de la Municipalidad Provincial en cuya jurisdicción se encuentre ubicada la sede social de las empresas organizadoras de juegos de azar.